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INSTITUTO DE ESTUDIOS CONSTITUCIONALES |
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Contenido: Cuáles son las modalidades de estudios? En qué consisten los cursos presenciales? Qué ocurre si no puedo asistir al curso? En qué consisten los cursos semi-presenciales? En qué consisten los cursos a distancia? Cuáles son las actividades Académicas a Distancia
(ACD)? Cuál es el contenido de las ACD? Qué ocurre si no cumplo con las ACD? Cómo puedo aprobar el curso a distancia? Cómo realizar las inscripciones? Quiénes tienen derecho a descuentos? Quienes tienen derecho a becas? Cuándo procede la devolución del dinero? Cuáles certificados se expiden? |
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Ensayos Legislativo |
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VER EL PROGRAMA DE ACTIVIDADES 2008 PARA IMPRIMIR: PROGRAMACION2008.pdf |
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Cuáles
son las modalidades de estudios?
El Instituto de Estudios
Constitucionales ofrece las modalidades de cursos presenciales,
semi-presenciales y a distancia. En qué
consisten los cursos presenciales?
La participación en los
cursos presenciales presupone la asistencia del estudiante a la totalidad de
las Actividades Académicas Presenciales (AAP) programadas para el respectivo
curso y la demostración de haber adquirido las habilidades propuestas en el
mismo, a través de la participación satisfactoria en las formas de evaluación
previstas. Qué ocurre si no puedo asistir al curso?
En casos razonablemente justificados puede ser admitida
la inasistencia de hasta el veinticinco por ciento (25%) de las horas
académicas previstas. La inasistencia de más del setenta y cinco por ciento
(75%) de la duración del curso impide el acceso a la evaluación final y al
correspondiente Certificado de Aprobación. En casos justificados puede
admitirse el cambio a la modalidad semi-presencial o a distancia. En qué
consisten los cursos semi-presenciales?
La modalidad de los cursos
semi-presenciales presuponen la participación del alumno en por lo menos el
cincuenta (50%) de las Actividades Académicas Presenciales (AAP) programadas
para el respectivo curso. El resto de
las horas académicas previstas para el respectivo curso son llenadas a través
del desarrollo de las Actividades Académicas a Distancia (ACD). En casos especialmente justificados puede
admitirse el cambio a la modalidad presencial o a distancia. En qué
consisten los cursos a distancia?
La modalidad de los cursos
a distancia presupone el cumplimiento de las Actividades Académicas a
Distancia (ACD) y no requiere la participación del estudiante en las
actividades presenciales. Salvo en los casos de limitaciones de cupo, el
participante a distancia podrá asistir a Actividades Académicas Presenciales
(AAP) que se realicen durante su capacitación. En casos especialmente justificados puede
admitirse el cambio a la modalidad presencial o semi-presencial. Cuáles son
las actividades Académicas a Distancia (ACD)?
Las Actividades Académicas
a Distancia (ACD) tienen por objeto el desarrollo de la capacidad del
estudiante de resolver problemas de derecho constitucional en forma
independiente, bajo la supervisión y asistencia de un tutor asignado por el
Instituto. Sólo serán consideradas como tales las Actividades Académicas a Distancia (ACD)
expresamente asignadas y evaluadas satisfactoriamente por el correspondiente
tutor. Cuál es el contenido de las ACD?
Las Actividades
Académicas a Distancia (ACD) están principalmente referidas al desarrollo de
casos a través de los métodos de derecho constitucional. Excepcionalmente
pueden ser asignadas actividades de investigación en aspectos doctrinales
cuando sean relevantes para el desarrollo de un ejercicio. Cuál es el Valor de las ACD?
A través del desarrollo evaluado satisfactoriamente de
las Actividades Académicas a Distancia (ACD) el participante de las
modalidades semi-presenciales o a distancia acumula el mínimo de puntos
establecido para cada tipo de curso. El número máximo de puntos que puede ser
asignado a las Actividades Académicas a Distancia (ACD) dependerá de la complejidad de la tarea
asignada, pero no podrá exceder de cuatro (4) puntos por cada ejercicio
práctico o de ocho (8) puntos para actividades de investigación. La participación en actividades presenciales permite a
los participantes de las modalidades semi-presencial y a distancia acumular
un (1) punto por cada hora académica de los cursos presenciales. Tengo límites de tiempo?
El tiempo asignado para el desarrollo de una Actividad
Académica a Distancia (ACD) no podrá
exceder de siete (7) días contínuos para el desarrollo de casos de derecho
constitucional o de catorce (14) días continuos para actividades de
investigación. En casos justificados se permite una prórroga por una sola
vez. Transcurrido el lapso establecido, sin la realización satisfactoria de
una Actividad Académica a Distancia (ACD), la misma queda sin valor y se
asigna una tarea distinta. Las condiciones específicas de los cursos
semi-presenciales y a distancia serán establecidas en cada caso, tomando en
consideración la posibilidad de acceso y la disponibilidad de tiempo del
participante. Qué ocurre si no cumplo con las ACD?
La no presentación de las Actividades Académicas a
Distancia (ACD) puede dar lugar a la pérdida del curso, cuando la suma del
número máximo de puntos que corresponden a las mismas exceda el veinticinco
por ciento (25%) del mínimo necesario para su aprobación. La evaluación insuficiente de las Actividades
Académicas a Distancia (ACD) puede dar lugar a la pérdida del curso cuando la
suma del número máximo de puntos que corresponden a las mismas exceda el
cincuenta por ciento (50%) del mínimo necesario para su aprobación. Cómo puedo aprobar el curso a distancia?
Los participantes de las modalidades semi-presencial y
a distancia tendrán derecho al certificado de aprobación siempre que hubieran
cumplido satisfactoriamente las Actividades Académicas a Distancia (ACD)
asignadas y acumulado un mínimo de puntos igual o superior al cincuenta por
ciento (50%) del máximo previsto para el tipo de curso, según el siguiente
cuadro:
Cómo
realizar las inscripciones?
La inscripción se formaliza
de la forma siguiente: a) Verifique la existencia de cupo vía telefónica o per
e-mail, con indicación de sus datos (nombre, cédula de identidad o pasaporte,
número de teléfono y dirección de correo electrónico) o envíenos la planilla
de inscripción via fax o por e-mail; b) Realice el depósito del 30% del costo del curso en
la Cuenta Corriente de la Fundacion Instituto de Estudios Constitucionales
del Banco Mercantil Nº 0105-0083-44-1083107151 o inicie el trámite
de la carta de postulación o carta de compromiso; c) Envíenos vía telefónica o per e-mail la planilla de
inscripción con indicación de sus datos y del número de depósito o de la
carta de postulación o de compromiso. Quiénes tienen derecho a descuentos?
Ex-alumnos del Instituto de Estudios Constitucionales
que hubieran culminado con éxito el curso de Diplomado y obtenido el
correspondiente Diploma pueden participar en cualquiera de nuestras
actividades académicas con un cincuenta por ciento 50% de descuento en el costo
total. Quienes tienen derecho a becas?
El Instituto de Estudios Constitucionales puede ofrecer
exoneraciones parciales y hasta la totalidad del costo del curso a profesores
de Instituciones de Educación Superior en materias de derecho público, con el
objeto de formar multiplicadores del contenido del curso. Cuándo
procede la devolución del dinero?
Garantía de satisfacción
Los participantes que, por cualquier causa, deseen
interrumpir su participación en el curso pueden exigir la devolución del pago realizado,
siempre que no hubiera transcurrido el diez por ciento (10%) de las
actividades previstas. Otros casos
Cuando, por cualquier causa, el participante no pueda
culminar su participación en el curso, puede solicitar que los pagos
realizados sean deducidos de cualquier otra actividad académica que desee
realizar en el Instituto. Cuáles
certificados se expiden?
Certificado de Aprobación
Los cursos de Diplomado y otros programas que prevean
la realización de actividades de evaluación dan lugar al correspondiente
Certificado de Aprobación o Diploma, cuando el participante ha cumplido los
requisitos de asistencia y ha participado en forma satisfactoria en las
evaluaciones previstas. Certificado de Asistencia
La participación en programas de capacitación que no
prevean la realización de actividades de evaluación dan lugar al
correspondiente Certificado de Asistencia. También obtienen el Certificado de
Asistencia los participantes que hubieran cumplido el mínimo de asistencias,
pero que no hubieran participado en forma satisfactoria en las evaluaciones
previstas. |
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